Tuesday, August 12, 2014

INMIGRANDO A UN NUEVO PAÍS... ALGUNAS IDEAS PARA SOBREVIVIR AL CAMBIO

Como todo nuevo inmigrante he debido aprender a adaptarme a una diferente cultura, nuevo idioma y asumir un nuevo estilo de vida. Durante todo el proceso he recibido muchos consejos de “que hacer y qué no”, algunos bastantes buenos, otros terminaron en el último rincón de mi mente para no recordarlos más. Lo cierto es, que pudiera escribir un libro con todas las recomendaciones ofrecidas por quienes se consideran expertos en materia de inmigración.

Sin embargo para mí, los verdaderos consejos no son los relacionados con la practicidad o con el dinero, con dónde vivir y la búsqueda de trabajo, no; para mí los verdaderos consejos son aquellos provenientes del alma, invitándote a aceptar tu nuevo mundo.

Entonces, sin querer parecer una experta, aquí les comparto algunas ideas que me ayudaron a aceptar el cambio.
1.- Reconoce y acepta la dificultad del proceso; pues inmigrar es absolutamente complejo, por lo tanto es un poco inocente pensar en que se va a llegar al país de las maravillas con todas las oportunidades en la puerta del aeropuerto.  Ciertamente las oportunidades existen de sobra, sin embargo es necesario salir a buscarlas, atrapándolas cuando pasen frente a tu rostro aprovechando cada una de ellas.

2.-  Toma tiempo para pensar en ti; Qué deseas hacer tú?, Cuáles metas persigues en ese nuevo país? En quién deseas convertirte?. Muchos inmigrantes pensamos en la estabilidad económica de la familia, vivienda, auto, y demás aspectos materiales, sin embargo eso no es suficiente, pues la calidad de vida empieza desde el interior del ser humano.

3.- Abraza la nueva cultura; muchos inmigrantes dejan su mente en su país natal, rechazando todo lo nuevo y esperando que su vida transcurra sin mayores transformaciones, pues lamentablemente eso no suele ocurrir así… Rechazar el nuevo hogar, sus tradiciones, cultura idioma, sólo genera frustración e impotencia, alargando la nostalgia y evitando el disfrute de las nuevas maravillas por descubrir.

4.- Llora a la familia y amigos dejados en el camino, añora tu vida pasada, vive el recuerdo con melancolía, para luego abrir tus ojos y mirar a tu alrededor, pues el mundo está repleto de personas fenomenales y de seguro encontrarás toneladas de ellas dispuestas a entrar en tu vida para quedarse.

5.- Y por último, escucha la opinión y consejos de todos, pero no aceptes ninguno como cierto…Cada quien tiene derecho a vivir su propia experiencia, pues las emociones y sentimientos aunque similares difieren de cada individuo, por ende, crea tu propia idea de lo que es mejor para ti, tú y solo tú sabes lo que necesitas.

En consecuencia, puedes tomar como consejo lo aquí escrito, o no, eso depende de ti, lo transcendental es reconocer  “la inmigración” no solo como un cambio de dirección, si no como un completo “makeover” de la vida…Por la tanto… has que valga la pena.

Nota: Imagen tomada de www.google.com
Copyright imagen: Quino      

Thursday, July 24, 2014

ADMISIBILIDAD DE LA PRUEBA

A pesar de la crisis atravesada en estos momentos por el sistema judicial venezolano, he decidido escribir esta nota sobre algunos aspectos básicos referentes a la admisibilidad de la prueba, para ello he tratado de dejar a un lado la decepción jurídica y aferrarme a mi fe y creencia en el verdadero y apasionante Derecho Positivo Venezolano y al maravilloso mundo del “Deber ser”.  

ADMISIBILIDAD DE LA PRUEBA

En el Derecho es plenamente reconocida la institución de la demanda y su contestación como pilares fundamentales del proceso, por cuanto son estas actuaciones, las que “traban la litis”, es decir delimitan el conflicto a resolver por ante los órganos jurisdiccionales. Sin embargo, no es menos cierto que el centro neurálgico, la esencia del proceso, lo constituye la etapa probatoria, es en este momento, donde se demuestra la verdad o falsedad de los alegatos planteados.
Se entiende entonces como prueba: La herramienta utilizada para hacer del conocimiento del juez, la realidad sobre los hechos alegados. Dentro de la Etapa probatoria, se encuentra, el lapso de promoción de pruebas, la admisión, la oposición a la admisión y el lapso para la evacuación de las mismas.
Ahora bien, la admisión de la prueba, juega un papel fundamental dentro del proceso, en este sentido, viene a significar, el acto mediante el cual el Juez tiene la responsabilidad de señalar aquellas pruebas que han cumplido con los extremos legales para ser debatidas durante el juicio.  En efecto los medios probatorios están sujetos a condiciones intrínsecas para su admisibilidad, como lo es la pertinencia, la legalidad y la conducencia o idoneidad, encontrándose previstas en el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, a saber: “… el Juez providencia, los escritos de pruebas admitiendo las que sean legales y procedentes y desechando las que aparezcan manifiestamente ilegales o impertinentes. En el mismo auto, el Juez ordenará que se omita toda declaración o prueba sobre aquellos hechos en que aparezcan claramente convenidas las partes…”
Haciendo referencia a la pertinencia de la prueba, ésta es definida por Couture (2005), como “aquella que versa sobre las proposiciones y hechos verdaderamente objeto de la prueba “. Por otro lado, Echandia  señala que” La pertinencia contempla la relación que el hecho por probar puede tener con el litigio; y será prueba impertinente aquella que se deduce con el fin de llevar al juez, el convencimiento sobre hechos que por ningún motivo se relacionan con el litigio y que por lo tanto, no puede influir en su decisión”. Ciertamente para lograr la pertinencia de una prueba debe existir una relación lógica entre el hecho a probar y el asunto discutido en juicio, en este sentido; debe realizarse una correcta aplicación de los principios del objeto de la prueba
La regla general en materia probatoria establece lo siguiente: “todos los hechos alegados por las partes deben ser probados”, este principio se evidencia en el artículo 506 el código de procedimiento civil, el cual puntualiza: “Las partes tienen la carga de probar sus respectivas afirmaciones de hecho. Quien pida la ejecución de una obligación debe probarla, y quien pretenda que ha sido libertado de ella, debe por su parte probar el pago o el hecho extintivo de la obligación”.
Empero, existen excepciones a la regla señalada, por lo cual de presentarse, estos hechos no serían objeto de prueba o no necesitarían probarse; en ese sentido, las pruebas relacionadas con los hechos exceptuados, pudieran calificarse como impertinentes o innecesarias, salvo que la ley permita prueba en contrario. Entre estos se encuentran: los hechos admitidos, los hechos presumidos por la ley, los hechos notorios, entre otros. 
 Ahora bien, y luego de los planteamientos anteriores, resulta importante acotar, que, dentro de la doctrina se ha presentado como cuestionamiento “la inadmisión in liminis” de una prueba que pudiera considerarse o no impertinente, en el sentido que al ser declarada inadmisible por considerarse innecesaria e impertinente, pudiera existir un juzgamiento al fondo adelantado por parte del juez; pero si por el contrario, se admite pruebas innecesarias, se estaría violando los principios procesales de celeridad,  economía entre otros, situación que resulta ser de sumo cuidado por parte del juzgador al momento de decidir. 
Por otro lado se encuentra además la legalidad de la prueba constituyendo también uno de los requisitos para su admisión y no es más que, la consistencia de que la prueba no esté expresamente prohibidos por la Ley, caso en el cual, de ser propuesto algún medio expresamente prohibido por el operador legislativo, el operador judicial debe rechazar o negar la admisión de la prueba al momento de providenciarlas, o en caso contrario, debe revisar el requisito en cuestión al momento de apreciar el mérito de la probática al dictar la sentencia definitiva. 
Diferente aspecto es, la denominada prueba ilícita que es aquella obtenida lesionando los derechos constitucionales de los ciudadanos, y al debido proceso legal, cuya nulidad se encuentra contenida en el ordinal 1° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual señala: “...Serán nulas las pruebas obtenidas mediante violación del debido proceso...” , Es decir, cuando se habla de prueba ilícita se está haciendo referencia a la forma o vía en la cual, la misma ha sido obtenida.
Desde el punto de vista constitucional, la prueba ilícita es la obtenida con vulneración de garantías constitucionales; es la obtenida o practicada con vulneración de derechos o libertad fundamentales, dentro o fuera del proceso.
Sin embargo, el autor Rodrigo Rivera, manifiesta la conexión entre la ilicitud e ilegalidad de la prueba, señalando que; “la prueba ilícita es ilegal. Lo es en dos sentidos, porque la ley ordinaria establece cuáles son los métodos para obtener prueba y como debe practicarse. Además la ley prohíbe las conductas que quebranten derechos fundamentales, dándole protección mediante la tipificación como delitos a aquellas conductas”.
Empero, la prueba ilícita se diferencia de la prueba ilegal, por cuanto ésta última es aquella prohibida expresamente por la Ley, en tanto que la ilícita  ha sido obtenida violando el derecho constitucional del debido proceso legal, es consecuencialmente nula. En este sentido, la manifiesta ilegalidad  ha de fundarse en norma expresa de la Ley, la cual restringe, los medios probatorios en atención a la naturaleza de la causa.
BIBLIOGRAFÍA

CABANELLAS, Guillermo. DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO DE DERECHO USUAL. Editorial Heliasta. 2001 
CABRERA Eduardo. CONTRADICCIÓN Y CONTROL DE LA PRUEBA LEGAL Y LIBRE, Caracas, 1989.
CARNELUTT, F.  TEORÍA GENERAL DE LA PRUEBA. Madrid, España. 1954
CÓDIGO CIVIL.  Gaceta Oficial Nº 2990 Extraordinario de fecha 26 de julio de 1982.
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. Gaceta Oficial Nº 3.970-Extraordinario de 13 de marzo de 1987.
CONSTITUCIÓN  DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5453, 24 de marzo del año 2000
COUTURE Eduardo. FUNDAMENTOS DEL DERECHO PROCESAL. Ediciones Depal. Buenos Aires, Argentina. 2005.
ECHANDÍA.  TEORÌA GENERAL DE LA PRUEBA JUDICIAL Tomo I.
GONZALEZ Arquímedes. CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO. Editorial Buchivacoa. Caracas, 1996.
HENRIQUEZ, Ricardo. INSTITUCIONES DE DERECHO PROCESAL. Caracas, Ediciones Liber, 2005.
HENRÍQUEZ Ricardo. CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. Tomo II Centro de Estudios Jurídicos del Zulia. Caracas, 1995.
OSORIO Manuel. DICCIONARIO DE CIENCIAS JURÍDICAS, POLÍTICAS Y SOCIALES. Editorial heliasta S.R.L. Argentina, 1981. 
RENGEL Arístides. TRATADO DE DERECHO PROCESAL CIVIL VENEZOLANO. Editorial Arte. Caracas 1994.





Tuesday, June 17, 2014

TWO YEARS LATER


In the morning for breakfast, I usually choose between waffles, bagels or biscuits, also for some time I have learned to appreciate coffee "double double" of Tim Hortons, actually right now it is almost an addiction ... I'm used to store and take out clothes of the closet depending on the season ... And every day I respond to the greeting of good morning, to my neighbors, bus driver, and anyone who may cross my path.... I understood that what some people call " Consumerism " others call "Necessity " but for me it's just a matter of "Practicality " because  the quality of life is full of small things , which allow you to enjoy the bigger ones.

Two years have passed since my routine completely changed.... Today I look more closely everything around me, I take my time to understand where I am and who I am. It has certainly been a long journey, with ups and downs, and yet some things remain intact: the simple hope to continue this adventure; faith to learn to overcome obstacles; love for some people left and others encountered during the journey ; and thank to God for his guidance, to my husband and daughter for their support and perseverance; and to this magical country full of new sunrises ... Thanks CANADA, so ... thanks ! ! 
 

Friday, May 16, 2014

11 THINGS THAT I´VE LEARNED LIVING BETWEEN CANADIANS


11 THINGS THAT I´VE LEARNED LIVING BETWEEN CANADIANS

1. Believe it or not, every season has its beauty
        even the winter, despite its longggggg duration.
2. Canadians always say sorry!, when they have
        the fault and… when they don´t.
3. The morning coffee is essential to come through
        all day… and I must certificate that.
4. Any sentence is not good enough without
        “though” at the end.
5. Canadians pay their taxes just for the right to complain when something doesn´t work.
6. There are idioms for everything, I mean for everything…
7. “Live better” means, saving money in groceries and basic goods, to spend in other things that you really
        don´t need but, it make you happy.
8. For Canadians, weather is extremely important, it´s part of the daily conversations and small talks, in
        fact nobody go outside without checking the weather channel.
9. Canadians have so many rules, social, moral, legal; and they respect them… Of course there is
        somebody watching to make them work.
10. Canadians are so proud of their own icons, hockey, maple syrup, loonies, geese, beavers, color flag,
        July 1, probably small things; nevertheless it feels emotionally patriotic.
11. Canada is an amazing country that offers equality of opportunities for everybody… However it
       depends to each one make them real.

Tuesday, April 15, 2014

GAVIOTA


Hace muchos años atrás, una adolescente atormentada quien intentaba encontrarse a sí misma, escribió este poema... Hoy, ya no es una adolescente, ni una atormentada, pero de tanto en tanto juega a perderse y  la gaviota le recuerda que debe regresar a su hogar....


                                                                          GAVIOTA

Y rodaba por entre la deslumbrante claridad de la             noche, una nube que cargaba a la desesperada   
        gaviota sin su nido...
Y entre paso y paso el cantar de las olas la guía a su hogar...
El mar embravecido gritaba su pronta ausencia, pobre gaviota, que desorientada estás.
Con el pasar de los años, el mar abre sus brazos, esperando su regreso. Pero el ave se tambalea,  
       el arco iris lo detiene y el viento le susurra al oído promesas que jamás cumplirá.
Aún la gaviota busca su nido, aún la gaviota abandona aquello que creyó ser su hogar.
Está ausente y presente, pero sólo el aire conoce ciertamente en qué lugar la podemos encontrar.

Nota: Imagen tomada de www.google.com

Tuesday, April 8, 2014

SEMILLAS DE COLORES

Este escrito de autor desconocido, lo encontré por casualidad en mis días de pasante entrenándome para soportar las largas esperas en las oficinas públicas de Maracaibo, y  siempre me ha parecido un inspirador símbolo de mi profesión, tanto que hace un par de años tomé el hábito de leérselo a mis estudiantes del último curso de Derecho Mercantil.

SEMILLAS DE COLORES


El Angel Auxiliar observaba la nueva creación de "El Salvador", con tal atención que no se daba cuenta que tenía la boquita abierta. No entendía para qué se colocaban semillas de colores en el corazón de aquel modelo tan complicado.

Por sus ojos color de mil circulaban de la mano "el asombro y la curiosidad". Además de las semillas, Papá Dios acababa de tocar diez veces el corazón aún inmóvil. ¿qué era aquélla criatura ? ¿Por qué el señor había puesto su dedo diez veces consecutivas sobre el corazón?.
- "Porque deberá vivir bajo diez normas especiales".- Dijo  el Padre Eterno.
- ¿Además de diez normas generales ?, pregunto el Ángel.
- "Si".
- ¿Y por qué le pones semillas diferentes? ¿Qué y cuáles mueren?.
- "Honestidad o deshonestidad, según lo elija; Lealtad o Traición; Valor o Cobardía; Torpeza o Ingenio; Holgazanería o Diligencia; Honor o Deshonra; Veracidad o Embuste; Pasión por la Justicia o prostitución por el Derecho Natural."
- Parece señor, que es un personaje muy importante...
- Todas mis criaturas son muy importantes, pero la actividad de ésta es, en cierta forma como la del médico.
- ¿También él tiene entre las manos la vida de alguien ?
- De él puede depender algo tan importante como la vida.
- ¿Qué puede ser tan importante como la vida?
- Te lo diré cuando termine de formarlo.

... Y el Señor el colocó una lengua, que conectada con el cerebro, podía funcionar a gran velocidad. Un cerebro capaz de contener muchísima información y de permitir que la lengua respondiera a cualquier pregunta y planteara cualquier cuestionamiento. Resistencia especial a la bebida y a la ductilidad, para enfrentarse exitosamente con personalidades muy distintas. Resistencia a la fatiga y a la falta de sueño. Obstinación y espíritu de lucha...

Finalmente el Señor, lanzó el divino soplo de la vida sobre su criatura y miró sonriente al Angel Auxiliar, quien ni tardo, ni perezoso repitió su pregunta;
- ¿Qué es más importante que la vida? y ¿ quién es esta criatura Padre?
- "La Libertad", hijo mío. Y ese hombre la defenderá bajo el Título de ABOGADO.
“ANÓNIMO"

Nota: Imagen tomada de www.google.com

Saturday, March 1, 2014

QUÉ ES UNA PROSA POÉTICA?

 

Fue a la edad de 16 años, cuando alguien con algún conocimiento en el área, me dio su opinión sobre mis escritos.  Nunca olvidaré sus palabras, mi profesora de literatura dijo que mi escritura era mi catarsis, mi otro yo (lo cual apenas unos años atrás empecé a comprender y ciertamente tenía razón).  Pero lo realmente importante de sus comentarios fue su aclaratoria sobre el género al cual pertenecían, y en el mundo literario se denominan Prosas Poéticas.
Entonces siendo ese mi estilo, me pareció adecuado explicar brevemente de que se trata:
Una Prosa poética, es la estructura tomada naturalmente por el lenguaje para expresar conceptos en ese sentido, dicha forma no está sujeta a determinadas medidas o cadencias lo cual si ocurre con el verso.  Es por ello que el lenguaje prosaico suele definirse por oposición al verso, por lo tanto la prosa poética  es aquella obra literaria la cual presenta los mismos elementos de un poema, es decir el hablante lírico, actitud lírica, tema y objeto, aunque sin sus elementos formales como la rima y la métrica, desarrollándose hacia adelante, mientras que en el verso se obliga a regresar para dar lugar a las rimas.
Se dice que el fundador de este género fue el francés Aloysius Bertrand con su obra “Gaspar de la Nuit”, donde introdujo las primeros prosas poéticas de la literatura en el año 1842; sin embargo no tuvo acogida entre los poetas románticos.  Fue entonces en el año 1869, cuando el poeta Charles Baudelaire con su obra “El Spleen de París”, revivió la idea de Bertrand y le dio fama a este tipo de poesía. 


* Imagen tomada de google.com